INVI entrega viviendas a beneficiarios del proyecto INVI Villa Progreso San Juan II

Por Eurípides Méndez

SAN JUAN DE LA MAGUANA….El Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) entregó sus viviendas a beneficiarios del proyecto habitacional INVI Villa Progreso San Juan II, inaugurado recientemente por el presidente de la República, doctor Leonel Fernández Reyna.

De igual forma, el gobernador de la provincia, licenciado Mauro Piña Bello hizo entrega las llaves de sus viviendas a 19 familias que estaban albergadas en barracones en la calle Duarte de esta ciudad, próximo a la Plaza Anacaona, el pasado sábado.

Estas familias habían sido llevadas a ese lugar tras el paso del ciclón David, y  pese a que había pasado  varios gobiernos  fue ahora cuando definitivamente le  asignaron sus viviendas de forma definitiva.

La mayoría de estas familias fueron ubicadas en el edificio 1 del proyecto habitacional INVI Villa Progreso II San Juan de la Maguana,  inaugurado recientemente por el presidente de la Republica Doctor Leonel Fernández Reyna.

“Por este medio tenemos a bien comunicarle que cuando el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) le asigna una vivienda familiar, exige que la misma sea destinadamente a uso familiar, por lo tanto no podrá ser dedicada a uso comercial como: carnicería, ventorrillo, compraventa, barra, cafetería y otros tipos de negocios” dice la notificación entregada a los beneficiarios.

Agrega que dedicar dichas viviendas para cualquier uso contrario a lo establecido en el contrato es considerado como una violación al mismo, reservándose el INVI el derecho de rescindir dicho contrato en cualquier momento. 

Además señala que dichas viviendas son entregadas en usufructo.

En tal sentido, la sub-directora del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), licenciada Lidia Margarita Pimentel recomienda a los usuarios del indicado proyecto  usar las casas  exclusivamente como vivienda familiar, no comercial.

Señala que usar dichas viviendas para actividad comercial, como carnicería, ventorrillo, compraventa, barra, cafetería y otros tipos de negocios es considerado como violatorio al contrato.

Indica que la institución puede rescindir dicho contrato si dicha vivienda es usada para otros fines contrario a lo estipulado en el contrato.


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