Cierran negocios que no pagan impuestos
https://www.elvalleinformativo.com/2013/04/cierran-negocios-que-no-pagan-impuestos.html
SANTO DOMINGO….La Dirección
General de Impuestos Internos inició un operativo de cierre de negocios cuyos
propietarios no han cumplido sus
obligaciones tributarias.
Este lunes oficiales de la
Gerencia Legal de la Administración Tributaria y agentes de la Policía Nacional
clausuraron establecimientos en Blue Mall, Bella Vista Mall, Plaza Central,
Plaza Andalucía, Plaza Naco, Diamond Mall y otras plazas comerciales.
"Los negocios
clausurados son propiedad de contribuyentes que presentan omisiones y
morosidades en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, a quienes
previamente se les hicieron las notificaciones de advertencia de cierre en caso
de no regularizar su situación", dice la DGII en una nota de prensa
remitida a ALMOMENTO.NET.
Señala que el operativo
comenzó a las 9 de la mañana y fue realizado de conformidad con las
disposiciones del Código Tributario y la Norma General No.23-96 sobre Cierre de
Establecimiento y/o Suspensión de Actividades.
"La Administración
Tributaria realiza los operativos de cierre de negocios en cumplimiento con la
legislación tributaria dominicana, que prevé la medida de cierre temporal para
asegurar el pago de los impuestos, para aumentar la percepción de riego en la
comunidad y sectores económicos sobre la evasión de impuestos, y corregir una
distorsión en el mercado donde interactúan competidores en condiciones
desiguales pues unos pagan impuestos y otros no", agrega.
La semana pasada Impuestos
Internos firmó un acuerdo de colaboración con la Policía para que sus agentes
recibieran entrenamiento especial en estos casos y asistieran a los oficiales
de la DGII en el cierre de negocios.
Impuestos Internos informa
a los contribuyentes cuyos negocios fueron clausurados que para volver a operar
deben ponerse al día en el pago de sus obligaciones y solicitar formalmente el
levantamiento de la medida de cierre con la prueba del cumplimiento.
Advierte que, durante el
tiempo de clausura del negocio, el contribuyente que abra o entre al mismo sin
la debida autorización de la DGII será procesado como Delincuente Tributario y
sancionado con multas y prisión, según lo establecido en el artículo 237 del
Código Tributario.
Tomada de Almomento.net
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