Sectores de San Juan esperan explicación convincente en torno a escandalo
https://www.elvalleinformativo.com/2013/08/sectores-de-san-juan-esperan.html
Por
Eurípides Méndez
SAN
JUAN DE LA MAGUANA, 7 de Agosto de 2013….Diversos sectores de San
Juan esperan una explicación más convincente en torno a la situación en que se
ha visto envuelto Roberto Antonio de Aza, quien habría embarazado a una joven cuando era menor de edad,
procediendo luego a legalizar mediante acto notarial su convivencia con ella en unión libre, luego que esta cumplió la mayoría de edad.
Es inentendible que hasta
este momento esto no se haya producido después del irreparable daño a la
referida joven por su condición de menor al momento de iniciarse las relaciones
maritales, el aval correspondiente para que la investidura del magistrado
Robert de Aza se procediera a un real matrimonio como manda la ley, tal y como
lo establece la legislación nuestra y el derecho canónico.
Todo esto se plantea en
virtud de que a la fecha del
embarazo de la joven Anyela Javiela Báez, de acuerdo a la Declaración Jurada, y
bajo el entendido de que la indicada joven diera a luz a principio del mes
de julio del presente año, lo que indica que apenas habían transcurrido algo más
de cinco meses, lo que por obligación comprometía a dicho magistrado a tener
que requerir y tramitar de los padres, al igual que del Tribunal de Niños,
Niñas y Adolescentes, una dispensa de idea, que no es más bien lo que en
término jurídicos debió realizar el juez como conocer de la materia.
En otra palabra para que
nuestros lectores nos entiendan es más bien que requerir la aprobación de los
padres la homologación o aprobación del juez de que se realice el matrimonio
entre la menor y el magistrado, lo que
no se hizo evadiendo lo establecido en la parte especial del Nuevo Código
Procesal Penal en su artículo 354, modificado por la Ley 24-97, sobre violencia
de género al igual que el artículo 355 del 28 de enero de 1997.
Según el acto notarial: “Los suscritos, ANYELA JAVIELA BAEZ y Robert
Antonio de Aza Batista, dominicanos, mayores de edad, portadores de las cedulas
de identidad y electoral Nos. 012-0124951-1 y 026-0106782-6, domiciliados y
residentes en la casa marcada con el No. 07 de la avenida Monseñor Railly, del
Municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, DECLARAMOS, BAJO LA FE
DEL JURAMENTO, so pena de perjurio lo siguiente: 1) Que desde el vientres (23)
de enero del 2013 convivimos en unión libre, y 2) Que no tenemos impedimentos
para contraer matrimonio".Todo esto tal y como está establecido en la propia declaración jurada en su primer considerando y en la propia fecha del parto pone a pensar que la criatura es cincomesina, algo insólito.
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