Mandan llevar restos Caamaño al Panteón; Ministro lo objeta
https://www.elvalleinformativo.com/2014/02/mandan-llevar-restos-caamano-al-panteon.html
SANTO DOMINGO…..La Segunda
Sala del Tribunal Superior Administrativo ordenó que los restos del coronel
Francisco Alberto Caamaño Deñó sean trasladados al Panteón de la Patria. De
inmediato el ministro de Cultura, José Antonio Rodríguez, anunció que recurrirá
el fallo.
El tribunal, presidido por
el Juez Federico Fernández De La Cruz, acogió una acción de amparo interpuesta
por Nathaly Ramírez Díaz y Claudio Antonio Caamaño Vélez, un sobrino del
fallecido héroe constitucionalista, contra
el Ministerio de Cultura y la Comisión de Exaltación de Caamaño Deñó.
La sentencia ordena que el
traslado sea realizado en un plazo no mayor de 15 días, contados a partir de la
notificación, ya que la Ley No.4-13 del 15 de enero del 2013 así lo dispone.
Los jueces le fijaron un
astreinte de 5 mil pesos a cada uno de los cinco miembros que integran dicha
comisión por cada día de incumpliento de la decisión a partir del vencimiento
del plazo. Los recursos serán destinados a Hogares Crea Dominicano, Inc.
Esta acción fue iniciada el
siete de noviembre 2013. La Comisión de Exaltación la integran José Antonio
Rodríguez, quien la preside; Juan Daniel Balcácer, Claudio Caamaño Grullón,
Rafael Pérez y Pérez y Frank Moya Pons.
Nathaly Ramírez expresó que
este fallo crea un precedente jurídico y abre una vía procesal para proteger el
patrimonio histórico y cultural del pueblo dominicano, entre los que se
encuentra la memoria histórica.
Por su parte, Caamaño Vélez
manifestó que si no hubiese sido por esta acción de los restos de Caamaño Deñó
hubiesen terminado en un osario común.
El tribunal también estuvo
compuesto por los jueces Mildred Hernández Grullón y Rafael Ciprián.
Ministro de Cultura
recurrirá sentencia
Por su parte, el ministro
de Cultura, José Antonio Rodríguez, anunció que la Comisión designada por ley
para la Exaltación de Francisco Alberto Caamaño Deñó recurrirá la sentencia por
ante el Tribunal Constitucional.
“Esa sentencia es
inaceptable e improcedente y es desconocedora de lo que ha dicho la ciencia a
través del órgano oficial del Estado Dominicano competente para hacerlo, como
es el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF)”, manifestó.
Agregó que “la Comisión
Oficial designada por ley 4-13 tomó la decisión en la seguridad de que actuó de
manera correcta y atendiendo el mandato de la ley, ya que Caamaño Deñó fue
exaltado mediante un cenotafio, en cuya lápida hay una inscripción que reza:
pendiente de sus restos”.
Añadió que conforme a lo
que certificó el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), luego de una
investigación antropológica y científica en general, los restos analizados no
son los del Héroe Nacional y líder de la Revolución de Abril del 1965.
El funcionario afirmó que
los miembros de la comisión han actuado apegado a la verdad y a conclusiones
científicas, como era su responsabilidad.
Advirtió que la sentencia
emitida por el tribunal es imposible de ejecutar, “porque trasladar los restos
significa haber verificado científicamente que se trasladen los de Caamaño
Deñó“.
Responden al Ministro de
Cultura
De su lado, familias del
coronel Caamaño respondieron al Ministro de Cultura, José Antonio Rodríguez.
Claudio Antonio Caamaño
Vélez explicó, en un documento, que "es importante que el ministro tome
conciencia que no debe hablar unilateralmente en nombre de la Comisión de
Exaltación".
A continuación el
documento:
En mi condición de
accionante, junto a Nathaly Ramírez Díaz, en el proceso de Amparo de
Cumplimiento contra el Ministerio de Cultura y la Comisión de Exaltación, que
concluyó con un resultado favorable, no sólo a nosotros, sino a todo el pueblo
dominicano, en cuya representación hemos actuado, me veo en la obligación de
referirme a las declaraciones del Ministro de Cultura José Antonio Rodríguez.
Equivocarse es de humanos,
corregir es de sabios. La Comisión de Exaltación, presidida por él, se equivocó
al negarse arbitrariamente a trasladar los restos del coronel Caamaño. Su
actual postura puede conducirlo a una equivocación mayor, con consecuencias más
delicadas. Llamar “inaceptable, improcedente y desconocedora” a una sentencia
en materia constitucional, es una indelicadeza de gravedad considerable.
Es importante que el
ministro tome conciencia que no debe hablar unilateralmente en nombre de la
Comisión de Exaltación, mucho menos en declaraciones que le puedan acarrear
graves perjuicios a la persona de cada uno de los que componen la misma.
La Sentencia No.040-2014 no
plantea una sugerencia a tomar en cuenta, sino una orden a ser cumplida. José
Antonio Rodríguez, como funcionario público debe ser obediente a las órdenes
que se le imparten, y debe respetar la institucionalidad de los órganos que
crean las leyes, así como la de aquellos que administran la justicia.
La Ley 137-11, que regula
el Amparo, es muy clara al establecer en su artículo 111 que “la sentencia será
cumplida por la autoridad o funcionario obligado en el plazo que ella disponga”.
Por lo que el Ministro de Cultura, además del astreinte que deberá pagar, a
título personal y no en sus funciones de ministro, por cada día de
incumplimiento, puede ser administrativamente considerado en desacato, lo cual
es aun más grave.
El Ministro José Antonio
Rodríguez, habló de recurrir la decisión
de los jueces, y ciertamente está en
todo el derecho, pero es prudente que sepa que el artículo 54 de la Ley 137-11,
en su numeral 8 establece que “el recurso no tiene efecto suspensivo…”. Por lo
que independientemente de su decisión de recurrir deberá darle cumplimiento a
la misma dentro del plazo de los 15 días que ella establece.
El Ministro de Cultura
primero desobedeció una orden emitida del Poder Legislativo, en forma de Ley,
ahora pretende desafiar una decisión del Poder Judicial, en forma de Sentencia.
Un funcionario público, ni nadie, debe jamás sentirse con el poder y la
autoridad de hacer tales desacatos.
Esperamos que las
declaraciones del Ministro de Cultura, en su calidad de presidente de la
Comisión de Exaltación, se deban a una mala asesoría y a su desconocimiento de
la Ley, y no a una consciente actitud de desobediencia, autoritarismo y
desacato.
Confiamos en el buen juicio
de los miembros de la Comisión de Exaltación y que dentro de los próximos 15
días veremos a los restos del coronel Caamaño descansar el en Panteón de la
Patria, como lo quiso el Congreso Nacional, como lo manda la Ley 4-13 y como
ahora lo ordena la Sentencia No.040-2014
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