Cambios en la Ley 87-01. Riesgos Laborales
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- 27 de diciembre de 2016 -
Los Riesgos Laborales
comprenden los accidentes de trabajo y las llamadas enfermedades profesionales,
es decir enfermedades que son producidas como resultado de una determinada
actividad laboral.
En un país como la
República Dominicana con más del 55% de su población laboral en la economía
informal y asumiendo que el actual enfoque
de un Sistema de Seguridad Social tiene la vocación de abarcar a toda la
población, de entrada hay que preguntarse que si de actividad laboral se trata,
cómo concebir que los Riesgos Laborales sólo se apliquen a menos de la mitad de
la población en actividad productiva, sin dejar de tomar en cuenta además las que serían las implicaciones financieras y organizativas.
La Ley 87-01 conservó el
Instituto Dominicano de Seguros Sociales- IDSS- como estructura y a su interior
se creó la Administradora de Riesgos Laborales-ARL- que desde entonces ha gestionado esas
prestaciones. Se destaca que ha tenido un significativo desarrollo entre otros
factores debido que dispone de
importantes recursos para su gestión y el cumplimiento de los servicios de las
prestaciones correspondientes.
De acuerdo a su Estado de Situación del 1ro al
30 de noviembre 2016-2015 sólo en certificados de depósitos presenta un
acumulado de 24 mil 679 millones 632 mil 17 pesos.
A partir de la propuesta
de cambios en la Ley 87-01 para la
gestión de los Riesgos Laborales se crea una nueva institución que sale del escenario del Instituto
Dominicano de Seguros Sociales-IDSS- denominado Instituto Nacional de Riesgos
Laborales-INARIL- como entidad pública autónoma, con personería jurídica y
patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Trabajo.
La situación de la
acumulación de reservas más allá de lo
requerido, el cumplimiento de los compromisos de los Riesgos Laborales tanto en especie como en dinero con los
afiliados, ha tenido entre sus consecuencias
que en la propuesta de
modificación de la Ley 87-01 se haya introducido la facultad de que el Poder Ejecutivo pueda disponer de
tales recursos.
A partir de los excedentes
de recursos , la realidad de una población vinculada a la economía informal
mayor que la población vinculada las actividades laborales propias de la
economía formal, procede ponderar detenidamente
la situación de facultar al Poder Ejecutivo de disponer de los recursos que se acumulan; y explorar, a partir de la ponderación que se sugiere,
nuevas formas que pudiesen fortalecer por la vía de los Riesgos Laborales, el
Sistema Dominicano de Seguridad Social, más que debilitarlo.
Sería aconsejable que
los Riegos Laborales se constituyan en
un efectivo puntal para fortalecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social
ampliando la población protegida por esta
prestación.
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