EL IMPERIO DE LA LEY
https://www.elvalleinformativo.com/2017/03/el-imperio-de-la-ley.html
Por Roberto Rosado
Fernández
En nuestro medio se
habla mucho de las leyes. El Imperio de
la ley “es un concepto jurídico-político de definición formal no univoca, pero
que generalmente se entiende en el sentido
de la primacía de la ley. En sentido estricto, régimen jurídico que somete
a los agentes del Estado, como a los simples particulares, al imperio de la
ley común, aplicada por el juez de derecho común. Es la base del derecho
constitucional ingles “(Wiki pedía).
Partiendo de la idea de
Faustino Sarmiento de que “gobernar es educar” y la de Juan Bautista Alberdi,”
gobierno es poblar” escribo estas líneas con la finalidad de echar un vistazo
al papel del Estado en lo relativo a su responsabilidad con cumplir y hacer
cumplir las leyes que lo rigen.
Bajo el Imperio de la Ley
se creó el Poder Judicial para garantizar su correcta aplicación y el Poder
Ejecutivo como vigilante permanente de que esos poderes se sujeten a las
mismas.
No hay otra forma de
desarrollar un estado democrático sino
existe apego a las leyes que lo orientan.
Las dos definiciones,
Sarmiento y Alberdi deben ser “hermanadas y reflexionadas “y, de acuerdo a sus
consejos, enseñadas en base a los “derechos y deberes de la democracia” en cada localidad, en cada
escuela, donde se expresa con más vigor la ignorancia de la gente en el
conocimiento de las leyes.
En base a estos criterios
es bueno referir a Francisco Faucou quien nos decía, “circunscribámonos al
Poder Ejecutivo, que ha sido siempre el que arrebata la libertad y la convierte
en despotismo, circunscribámoslo en atribuciones estrechas que no le dejen
invadir la libertad del pueblo”. Ideas para justificar la creación del Poder
Municipal como Cuarto Poder del Estado.
Duarte en referencia a la
ley en el artículo 1 de su proyecto de Constitución señala: “La ley es la regla
a la cual deben acomodar sus actos, así los gobernados como los gobernantes”. Y
en el inciso 3 del artículo 13 declaró
que “la causa eficiente y radical de la ley es el pueblo”, y en ese mismo
artículo desconoció los privilegios corporativos al establecer que “nadie puede
ser juzgado en causas civiles y criminales
por ninguna comisión sino por el tribunal competente”.
En este sentido el texto constitucional de
1844 en su artículo 24 expresa: ”Unas mismas leyes regirán en toda la
República, y en ellas no se establecerá más que un solo fuero para todos los
dominicanos en los juicios comunes”.
En ese mismo orden la
reforma de 1854 a la constitución de 1844, en su artículo 9 como forma de hacer
prevalecer la seguridad del ciudadano refiere: “(…) No pudiendo ser presos, ni
distraídos de sus jueces naturales, ni juzgados en causas civiles ni criminales
por comisión alguna, ni sentenciados sino por juez o tribunal competente determinado con anterioridad por
la ley (,).
Entendido así ha de
establecerse como obligatoriedad que el Estado tiene y debe cumplir con el
sagrado deber de que a cada ciudadano se le juzgue en apego a las leyes
vigentes y sus privilegios deben garantizarle tanto en el derecho como en el
deber.
De acuerdo con el
testimonio de Rosa Duarte al fundarse la Trinitaria, los participantes
declararon:”(,,,) que la ley no reconocía más vileza que la del vicio, ni más
nobleza que la de la virtud, ni mas aristocracia que la del talento, quedando
para siempre abolida la aristocracia de la sangre”,
El criterio de Juan Pablo
Duarte acerca del Imperio de la Ley lo manifestó en la estrofa que escribió
resaltando la igualdad: “Los blancos, los morenos, cobrizos cruzados, marchando
serenos, unidos y osados, la patria salvemos de viles tiranos, y al mundo
mostremos que somos hermanos”.
En el artículo 19 de su
proyecto de Constitución Duarte considera: “La soberanía dicha inmanente y la transeúnte, reside esencialmente en la
Nación es inadmisible y también inajenable aún para la misma Nación, que usando de ella no acuerda a sus delegados
(que son el gobierno legitimo) sino el derecho de su ejercicio para gobernar en
bien con arreglo a las leyes y en bien general de los asociados y de la nación
misma.”
A seguidas agrega: “La soberanía reside esencialmente en
la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de
establecer sus leyes fundamentales”.
En consecuencia, con este
criterio Duartiano, la soberanía es la base y sestén de la nación es su ser y
es la que hace que esta siempre sea. La preocupación en estos tiempos radica en
que el Estado Dominicano y sus poderes no se están rigiendo en observancia de
las leyes que rigen el desenvolvimiento de la Nación.
Hay vigente una gran
debilidad institucional que ha creado en gran parte de la población IMPOTENCIA
colectiva e inseguridad.
Conviene llamar a que todo
el pueblo se una en un solo bloque para que exija del Estado y sus poderes su
apego al cumplimiento de las leyes. Llamar a que se estudie el contenido del
Proyecto de Constitución Duartiana tan vigente en la actualidad a pesar de
haber transcurrido tantos años después que fue concebido por el padre de la
patria.
El mayor honor que podemos
concederle a Duarte en el presente es obligar a que el Estado Dominicano
acomode sus actos respetando el IMPERIO DE LA LEY.
El autor es profesor UASD,
San Juan de la Maguana
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