Impuestos Internos avisa a empresarios vence plazo para adecuación o transformación societaria







SAN JUAN DE LA MAGUANA, 22  de  marzo  2017.…..La  Dirección General de  Impuestos  Internos, recordó  a todas  las sociedades  comerciales que  el  plazo para  el proceso de  adecuación  o transformación, dado  durante  6  meses  vence   el   próximo  31  del cursante  mes.

La Dirección  General de  Impuestos  Internos, exhorta  a  los  empresarios  de la zona  aprovechar  esta  nueva  prórroga  que  vence  en la  fecha  antes indicada  para  que   depositen los documentos   societarios  correspondientes que sustenten  las adecuaciones  o  transformaciones conforme  a  la ley   479-08, sobre Sociedades  Comerciales y Empresas  Individuales  de   Responsabilidad Limitadas y su  modificación a través de la ley    31-11.

Destaca  la  Dirección General de  Impuestos  Internos   que   quienes  no  hayan completado  sus procesos  deberán  depositar  los documentos correspondientes   en el centro   de atención   del contribuyente de la sede  central o  en  sus   oficinas  en cada  localidad.

Entre  esos  documentos   figuran   el formulario  de  declaración  jurada  para  el registro y actualización  de datos  de  sociedades  llenado, firmado y sellado.

Al mismo  se le  debe anexar   copia  del  certificado  de registro mercantil modificado, copia  del acta  de asamblea y nómina  de  presencia  que aprueba la transformación  o adecuación, en caso  de  cambio de socios  debe establecerse  en el acta.

También  la  Dirección  General de  Impuestos  Internos requiere  copia  de los estatutos  sociales, si  la transformación   es a una  EIRL  en vez  de los estatutos  debe  depositar  copia  del acta notarial,  asimismo,  deben ser  depositados  los contratos  de  compra  y venta  de acciones  emitidos  por un Contador  Público Autorizado, lo que  aplica solo en caso de  transformación.

Los  empresarios  que    procedan acogerse  al plazo  y procedan  a la  transformación o  adecuación societaria  deben  depositar  además   los Estados financieros o  balance especial  emitidos por  un Contador  Público Autorizado.


La Dirección General de  Impuestos  Internos   reitera que una vez  transcurrido  el plazo  señalado  procederá   a inactivar  el Registro Nacional de Contribuyente  de oficio de aquellas  empresas o sociedades  comerciales  que no cumplan con  los requisitos  societarios   de la ley  479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas  Individuales  de   Responsabilidad   Limitada y su  modificación.

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