Leonel Fernández ve disminuida la credibilidad de la OEA; rechaza informe contra la RD
https://www.elvalleinformativo.com/2017/05/leonel-fernandez-ve-disminuida-la.html
SANTO DOMINGO…..El
expresidente Leonel Fernández opina que el reciente informe de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que
coloca a la República Dominicana en la “lista negra” de ese
organismo, utiliza “argumentos erróneos”
y “conceptos falaces”, y evidencia “un sesgo preocupante que puede seguir
erosionando su ya disminuida credibilidad entre los Estados miembros de la
OEA”.
Considera que una de las
falacias más connotadas del informe consiste en afirmar que en la República
Dominicana existe discriminación racial por parte del Estado contra las
personas afrodescendientes y, más aún, que la negación de esa discriminación
por parte de las autoridades nacionales genera la exclusión del tema en la
opinión pública nacional.
Los criterios de Fernández,
quien gobernó la República Dominicana tres períodos (1996-2000, 2004-2008 y
2008-2013), están contenidos en un artículo titulado “La Comisión
Interamericana ataca de nuevo”, que publica este lunes en varios medios
periodísticos. El texto del mismo es el
siguiente:
“La Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) lanzó un nuevo ataque contra la República
Dominicana, utilizando argumentos erróneos, esgrimiendo conceptos falaces y
evidenciando un sesgo preocupante que puede seguir erosionando su ya disminuida
credibilidad entre los Estados miembros de la OEA.
En su reciente Informe
Anual sobre la situación de los derechos humanos en América Latina y el Caribe,
la Comisión Interamericana incluyó a República Dominicana, por vez primera, en
el capítulo IV del informe, una especie de “lista negra” de países cuyas
violaciones de derechos humanos requieren de una atención y análisis
especiales.
Esa lista obedece a cuatro
criterios establecidos por la Comisión a partir de 1996, que incluyen, en
primer término, violaciones graves de elementos fundamentales e instituciones
previstas en la Carta Democrática; en segundo lugar, la suspensión ilegítima
del libre ejercicio de los derechos garantizados a través de la declaración de
un estado de emergencia o de sitio; tercero, la comisión de violaciones
masivas, graves y sistemáticas de derechos humanos; y, en cuarto lugar, la
presencia de situaciones estructurales que afectan seria y gravemente el goce y
disfrute de los derechos fundamentales.
Para la institución
dependiente de la OEA, en la República Dominicana, la discriminación racial
estructural contra personas de ascendencia haitiana o percibida como tales
resultan en violaciones al derecho a la nacionalidad; deportaciones y
expulsiones masivas; así como en operaciones migratorias ilegales.
Discriminación racial
Una de las falacias más
connotadas del informe consiste en afirmar que en la República Dominicana
existe discriminación racial por parte del Estado contra las personas
afrodescendientes. Más aún, que la negación de esa discriminación por parte de
las autoridades nacionales genera la exclusión del tema en la opinión pública
nacional.
En otras ocasiones hemos
tenido oportunidad de referirnos a este mito. La Comisión parece ignorar la
realidad histórica y social de la República Dominicana ya que los primeros
esclavos negros traídos al Nuevo Mundo llegaron a la isla La Española a
principios del siglo XVI, en la parte que es hoy la República Dominicana, lo
cual nos permite afirmar que somos la cuna de las raíces africanas en América
Latina y el Caribe.
La Comisión Interamericana
subraya también que la inexistencia de una ley específica y un marco jurídico
que prohíba la discriminación racial es evidencia de la actitud discriminatoria
del Estado dominicano.
Pero este organismo
pretende desconocer que el rechazo a la discriminación de cualquier tipo se
encuentra en nuestra Carta Magna como un principio rector y medular; y de que
precisamente en estos momentos se está debatiendo en el Congreso Nacional una
ley que procura establecer sanciones en contra de eventuales prácticas
discriminatorias en la sociedad dominicana.
No se trata de negar la
existencia de la discriminación dentro de nuestro territorio. Lamentablemente,
ese es un mal que afecta la generalidad de los países en el mundo, incluyendo a
naciones como los Estados Unidos, donde sigue siendo un tema vigente y de alta
sensibilidad.
Sin embargo, no es lo mismo
afirmar que desde el Estado dominicano existe, en forma deliberada, una
política orientada a discriminar a los nacionales de nuestra vecina nación de
Haití y sus descendientes.
¿Apatridia?
Otro argumento sostenido
incorrectamente por la Comisión es la burda exageración en las cifras
proporcionadas sobre las personas apátridas en la República Dominicana.
Según el informe, nuestro
país se encuentra en el séptimo lugar de países con mayor número de personas
sin patria, superado únicamente por países como Myanmar, Costa de Marfil o
Siria.
La comparación con Siria
resulta desconcertante. ¿Cómo es posible comparar a la República Dominicana con
otro, como Siria, que por encontrarse inmersa en una guerra civil por más de
seis años ha impedido a sus ciudadanos la declaración de nacimiento de sus
hijos?
La comparación, como puede
advertirse, resulta absurda, excesiva y ridícula.
En términos legales, se
considera que existe apatridia cuando ningún Estado lo considera como nacional
suyo, bajo el amparo de sus normas internas. Es necesario reconocer que se
trata de un mal que afecta a cerca de 15 millones de personas en el mundo y que
resulta en la limitación del ejercicio de sus derechos fundamentales. La lucha contra la apatridia ha sido un
esfuerzo internacional al cual, desde hace años, se ha unido la República
Dominicana.
De acuerdo con los textos
constitucionales y legales de República Dominicana y Haití, por razones del jus
sanguinis no hay ni puede haber descendientes de dominicanos o de haitianos que
puedan tener la condición de apátridas.
Todas las personas
descendientes de nacionales haitianos o de cualquier otra nacionalidad, nacidos
en el territorio de la República Dominicana, tienen la potestad, conforme a
nuestra Ley 285 sobre Migración, de ser declarados en las oficinas consulares de
sus respectivos países.
La Comisión Interamericana
critica el que nuestra ley nacional de migración disponga de un libro de
extranjería para inscribir a los nacidos de extranjeros no residentes.
Eso se debe, en verdad, a
su intención oculta de que se conceda la nacionalidad dominicana a toda persona
nacida en el territorio nacional, o el de que se establezca el jus soli sin
ningún tipo de excepción.
Visto así, se trata de una
verdadera injerencia en los asuntos internos de la República Dominicana. Pero,
al mismo tiempo, de desconocimiento de los más elementales principios del
Derecho Internacional y Comparado.
Como se sabe, de los 193
estados miembros de Naciones Unidas, más de las dos terceras partes no
conceden, de manera incondicional, el derecho a la nacionalidad por haber
nacido en su territorio, sino con ciertas excepciones, como es el caso de la
República Dominicana.
En su informe, lo que la
Comisión procura es presionar al Estado dominicano, mediante acusaciones sin
fundamento, a los fines de que reconozca como nacionales dominicanos, a
personas que no les corresponde, y que no podrían ser consideradas apátridas,
debido a que están investidas del legítimo derecho de ostentar la nacionalidad
de sus padres; y de realizar la declaratoria de nacimiento en las oficinas
consulares de sus países de origen.
Nacionalidad dominicana
Por supuesto, el tema clave
del informe gira en torno a la nacionalidad dominicana de las personas de
ascendencia haitiana; y es allí donde se encuentra el mayor error de interpretación
de los organismos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que incluye
tanto a la Comisión, como a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El desacertado informe pone
de relieve que el Estado dominicano no ha adoptado medidas para dejar sin
efecto las normas que establecen o que tengan por efecto no considerar como
nacionales dominicanos a los nacidos en territorio nacional de padres con
estatus migratorio irregular.
Como hemos expuesto en
ocasiones anteriores, ha quedado demostrado que nuestra Constitución y nuestras
leyes representan simplemente un ejercicio válido de la soberanía nacional que
no vulnera los derechos humanos y no causa apatridia.
La Constitución de la
República Dominicana establece claramente el sistema de adquisición de la
nacionalidad dominicana. La misma puede ser adquirida por dos vías. La primera,
por el jus sanguinis, es decir, por el hecho de que los hijos de nacionales
dominicanos, tienen derecho a la nacionalidad dominicana. La segunda, por el
jus solis, o en otras palabras, por la circunstancia de que las personas
nacidas en territorio dominicano tendrán derecho a la nacionalidad
dominicana. Pero nuestra Carta Magna
también prevé cuales son las excepciones al jus solis, o sea, aquellos casos en
que a pesar de haber nacido en territorio dominicano, no le corresponde la
nacionalidad dominicana.
Estos casos son los de los
hijos de miembros del cuerpo diplomático que se encuentren en el país; el de
individuos que se encuentren en tránsito; y el de personas que se encuentren en
el país con una situación migratoria irregular.
Esta última excepción es la
que ha levantado resistencia por parte del Sistema Interamericano de Derechos
Humanos y el que ha motivado que pidan su modificación a las autoridades de
nuestro país.
Pero no existe ninguna
obligación de hacer ese cambio, pues se trata de una elección que ha hecho la
República Dominicana sobre su sistema de adquisición de nacionalidad; y ese es
un derecho soberano que le corresponde al Estado, el cual es utilizado en otros
países del mundo, sin que en su contra se levanten acusaciones de discriminación
o apatridia.
Con su reciente informe, la
Comisión Interamericana ha vuelto a atacar de manera injusta e irresponsable a
la República Dominicana. Lo hace además, haciendo recomendaciones improcedentes
de modificar nuestra Constitución y leyes nacionales, que están en sintonía con
las obligaciones del Derecho Internacional.
Una vez más, la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos incurre en un gran desatino jurídico, un
colosal desconocimiento histórico y una malévola intención política.
Almomento.net

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