Procuraduria contra la corrupcion alquiler de inmueble del general Juan Carlos Torres

Santo Domingo, RD.----A la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción le parece “en extremo sospechoso” el alquiler de un inmueble que hizo el general Juan Carlos Torres Robiou, director del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur), a uno de los implicados en la “Operación Coral”.
Se trata del alquiler de
un inmueble ubicado en El Portillo, en la playa Las Terrenas, en Samaná, por la
que el general paga la suma mensual de 3,000 dólares.
“El referido inmueble se
encuentra bajo la posesión del General de Brigada, Piloto F.A.R.D. Juan Carlos
Torre Robiou, quien es el director del Cuerpo Especializado de Seguridad
Turística, (CESTUR) y superior jerárquico del imputado Raúl Alejandro Girón, a
título de alquiler, pagando un monto mensual de tres mil dólares
estadounidenses (US$3,000.00), situación en extremo sospechosa, toda vez que no
hace sentido lógico, alquilar un inmueble por un monto cuantioso y usarlo
esporádicamente”, ha establecido el Ministerio Público en su investigación
sobre el mayor general Adán Cáceres, jefe de escolta del expresidente Danilo
Medina.
En la “Operación Coral”,
donde fue detenido el mayor general Cáceres, se señala como una de las
instituciones usadas para estafar al Estado al CESTUR, con el supuesto
nombramiento de militares y policías con sueldos abultados, que luego debían
retribuirle al entramado estafador entre el 70 y 80 por ciento del dinero
cobrado al Estado.
Otra institución
usada para esos fines fue el CUSEP, el
Cuerpo Especializado de Seguridad Presidencial, que dirigía el mayor general
Cáceres.
En esa institución, según
la investigación de la Procuraduría, se usaba el mismo esquema: se nombraban a
personas y luego tenían que devolverle al entramado altas sumas de dinero.
El relato de la
vinculación del inmueble y el general es el siguiente:
“En lo relacionado al
Inmueble registrado a nombre de la empresa Único Real State e Inversiones SRL,
ubicado en El Portillo, Playa Las Terrenas Samaná, en el interrogatorio que le
fuera realizado a la imputada Rossy Maybelline Guzmán Sánchez (la Pastora),
esta expresó que la adquisición de dicho inmueble se realizó con los fondos de
las utilidades de la antes mencionada entidad, conjuntamente con un préstamo de
siete millones quinientos mil pesos (DOP$7,500.00), que le realizara una
persona a la que en ese momento dijo no saber su nombre.
La imputada indicó que
quien le realizó el referido préstamo para la compra del inmueble anteriormente
descrito fue el imputado Raúl Alejandro Girón, procediendo a depositar bajo
inventario copia del referido cheque.
Cabe resaltar que en la
documentación societaria remitida por la Cámara de Comercio, referente a la
empresa Único Real State e inversiones SRL, no existe información sobre la
autorización para la adquisición de dicho préstamo, ni tampoco para la compra
del inmueble de que se trata.
En fecha veintiuno (21)
del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), la empresa Único Real State
e inversiones SRL, realizó una asamblea general extraordinaria, mediante la
cual autorizó a la imputada Rossy Maybelline Guzmán Sánchez (a) La Pastora, a
realizar la venta del indicado inmueble, (Nótese un año después de haberlo
adquirido), autorizando, además, de forma extraña, que el precio convenido para
la venta sea por la suma de catorce millones doscientos sesenta mil pesos
(DOP$14,260,000.00), cuando la coimputada ha señalado en su entrevista,
específicamente en la pregunta No. 53, referente a si había realizado la compra
de un apartamento a Kratos Ventare Inc, responde: "Sí, en Las Terrenas,
ese apartamento tiene doscientos y algo de metros, está en Balcones del
Atlántico.
Esa fue una oferta
increíble. Ese apartamento cuesta casi 27 millones de pesos, de acuerdo con la
tasación actual. Ese apartamento lo compré en el año 2019. Depositando
posteriormente bajo inventario la referida tasación.
Por igual, en la referida
asamblea se autorizó a Rossy Maybelline Guzmán Sánchez (a) Las Pastora, a
negociar en el precio de la venta, el pago de una supuesta deuda contraída con
Vicente Girón De la Cruz, padre del imputado Raúl Alejandro Girón, por un monto
de trece millones doscientos sesenta mil pesos (DOP$13,260,000.00).
Lo anteriormente
establecido confirma que la empresa Único Real State e Inversiones SRL, no
generó utilidades suficientes para comprar dicho inmueble, además de que sus
socios y únicos accionistas no poseen solvencia económica, para realizar
operaciones de esta magnitud y que el monto total para el pago de la compra de
esta propiedad fue desembolsado por el imputado Raúl Alejandro Girón, toda vez
que la deuda contraída con el señor Vicente Girón De la Cruz, es una simulación
ya que coincide con el monto del contrato de compra, por el cual la empresa
imputada Único Real State e Inversiones SRL, adquirió el inmueble de que se
trata.
Así las cosas, podemos
evidenciar que, con relación al inmueble establecido, la empresa Único Real
State e Inversiones SRL, solo fungía como testaferro, ocultando bienes de
procedencia ilícita y que, en virtud de las investigaciones desarrolladas por
el Ministerio Público se evidencia que, como forma de ocultamiento, la empresa
autorizó la supuesta venta del inmueble, con el fin sacarlo del patrimonio de
la entidad comercial que estaba siendo investigada y pasarlo a Vicente Girón De
la Cruz, padre del real dueño, el imputado Raúl Alejandro Girón, quien al no
poder justificar la obtención del mismo, utilizó a Único Real State e
Inversiones SRL, quien posterior a las investigaciones otorga autorización para
venta e intenta completar el ciclo del lavado de activos.
El inmueble se encuentra
bajo la posesión del General de Brigada, Piloto F.A.R.D. Juan Carlos Torre
Robiou, quien es el director del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística,
(CESTUR) y superior jerárquico del imputado Raúl Alejandro Girón, a título de
alquiler, pagando un monto mensual de tres mil dólares estadounidenses
(US$3,000.00), situación en extremo sospechosa, toda vez que no hace sentido
lógico, alquilar un inmueble por un monto cuantioso y usarlo esporádicamente”.
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