Cámara de Diputados tiene dos proyectos que regulan candidaturas independientes

SANTO DOMINGO.- La Comisión Permanente de la Junta Central Electoral (JCE), en la Cámara de Diputados fue apoderada por el pleno para estudiar dos proyectos de leyes que buscan regular las candidaturas independientes.
El equipo de trabajo
liderado por el diputado del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC),
Elías Wessin Chávez, quien sostuvo este pasado lunes su primera reunión.
Las dos iniciativas que van
en la misma dirección; una sometida por la Junta Central Electoral (JCE) y otra
por Wessin Chávez, quien informó que serán fusionadas.
Mientras, en el Senado,
Ramón Rogelio Genao, sometió otro proyecto que busca eliminar los artículos
156, 157 y 158 de la Ley 20-23 para “extirpar” del sistema de elecciones las
candidaturas independientes bajo el argumento de que las mismas no están establecidas
en la Constitución.
La pieza sometida por el
órgano regulador de los procesos electorales establece una serie de requisitos
entre los que se destacan; Límites en las postulaciones de candidaturas,
presentación de un 2 % del padrón electoral y el no financiamiento del sector
público.
Diferencias y similitudes de
esta propuesta con el sistema de candidaturas independientes de algunos países
de América Latina, como México, Colombia y Chile, se comparan con la propuesta
de República Dominicana tres aspectos fundamentales que son la forma de
postulación, financiamiento y las restricciones a la reelección o sustitución.
Mientras en la propuesta de
RD se establece que solo se puede presentar una candidatura independiente
mediante una asociación cívica temporal, con personería jurídica, contabilidad,
cuenta bancaria, y estructura organizativa.
Además, se prohíbe la
postulación directa de un ciudadano sin esta figura intermediaria.
En México se permiten
candidaturas independientes individuales, sin necesidad de asociación formal.
Se requiere recolección de firmas y requisitos de transparencia financiera,
pero no la constitución de una entidad jurídica y en Chile se admite la postulación
directa de ciudadanos independientes, aunque se exige candidaturas
independientes individuales, sin necesidad de asociación formal.
Se requiere recolección de
firmas y requisitos de transparencia financiera, pero no la constitución de una
entidad jurídica. respaldo de firmas equivalente a cierto porcentaje del
padrón.
En tanto en Colombia también
se permite la candidatura independiente mediante la figura de grupos
significativos de ciudadanos, pero no exige constituir una asociación jurídica
como tal.
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