Una ley que asuste a los difamadores profesionales
Que obligue al debilucho y muchas veces irresponsable “Poder Judicial” a contener a los depredadores cuando son acusados porque usan el acceso a la presencia pública que ofrecen los nuevos canales de comunicación como armas para injuriar y asesinar reputaciones.
Manuel Quiterio Cedeño
Periodista
Periodista. Director del
Centro de Información y Comunicación (CICOM). Trabaja y asesora en el área
turística, y dirige la revista especializada RT.
He revisado el “Proyecto de
Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales”. No encuentro
pistas que me lleven a contenidos para concluir que es un intento de “ley
mordaza” para silenciar las críticas y disidencias con quienes controla el Poder
del Estado y puede usarlo para callar a los disidentes.
Para silenciar a los
críticos de cualquier gobierno, o comprar apoyos para opositores o grupos
privados, está más que demostrado que basta disponer de millones de pesos o
dólares para llenar sobres abultados con suficiente dinero para comprar
silencios o generar apoyos.
Es una historia repetida
muchas veces. La aprendí una mañana cuando aún era un “muchacho periodista” y
un mensajero me llevó por error un abultado sobre con dinero destinado a un
conocido colega que admiraba.
Lo devolví porque estaba
aferrado a la ética que aprendí de profesores intachables como Rafael González
Tirado, Alberto Villaverde, y el ejemplo de periodistas como Orlando Martínez
asesinado por los pelotones de exterminio de Joaquín Balaguer, y que colocaron
una bomba que hizo estallar en su garaje –por suerte- el auto de Juan Bolívar
Díaz.
Para qué complicarse la vida
provocando un debate riesgoso con una propuesta de ley a la que el actual
inquilino del Palacio Nacional, con sobrados poderes para hacerlo, no le puso
una coma, y eso me consta, porque seguí de acerca, a mi manera, el proceso.
He revisado varias veces el
texto. No encuentro el intento de mordaza. Si párrafos que podrían ser más
contundente y mejor redactados. Creo que hace falta una ley, precisa, que
obligue al debilucho, y muchas veces irresponsable “Poder Judicial”, a contener
a los depredadores cuando son acusados porque usan el acceso a la presencia
pública que ofrecen los nuevos canales de comunicación, como armas para
injuriar y asesinar reputaciones.
Tenemos una ley que define
los delitos de alta tecnología de la manera siguiente: “Aquellas conductas
atentatorias a los bienes jurídicos protegidos por la Constitución, las leyes,
decretos, reglamentos y resoluciones relacionadas con los sistemas de información.
Se entenderán comprendidos dentro de esta definición los delitos electrónicos,
informáticos, telemáticos, cibernéticos y de telecomunicaciones”. Esa ley
además, tipifica los siguientes delitos:
Artículo 21.- “Difamación.
La difamación cometida a través de medios electrónicos, informáticos,
telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, se sancionará con la pena
de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario
mínimo”.
Artículo 22.- “Injuria
Pública. La injuria pública cometida a través de medios electrónicos,
informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones, o audiovisuales, se
sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a
quinientas veces el salario mínimo”.
Este texto no atemoriza a
los depredares. Una prueba: la andanada mezquina de difamación e injuria que
atenta contra el derecho de Faride Raful a su buen nombre, y cuyo único
“delito” ha sido atreverse a desafiar la mezquindad masculina que controla la vida
política.
Hace falta una mejor ley.
Sugiero a quienes tengan correcciones que las presenten al país y al Congreso
para perfeccionar este intento de poner límites a los depredadores. Necesitamos
sanear la comunicación pública.
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